Velos tenues entre dos tribunales novohispanos (Valle de Antequera, 1611-1612)

Orígenes y expresiones de la religiosidad en México: Cultos cristológicos, veneraciones marianas y heterodoxia devocional


Velos tenues entre dos tribunales novohispanos (Valle de Antequera, 1611-1612)

 

Jesús Alfaro

 

[…] sintió mucho cuando se la quitaron por tenerle muy grande devoción a la dicha imagen […] .

 

Lorenzo de Aguilar, mulato libre

 

Introducción

 

El 7 de septiembre de 1611 Vicente González, vecino de Antequera y zapatero de oficio —para descargo de su conciencia—, hizo delación contra Lorenzo de Aguilar, mulato libre, por poseer una imagen misteriosa que había cortado de la corteza de un árbol. Cristóbal Barroso de Palacios, chantre de Antequera y comisario del Santo Oficio, deseaba que fuera declarada reliquia y evitar que se perdiera como devoción, pues había conmovido los corazones de unos cuantos mulatos libres, mestizos e indios de un pueblo sujeto de Quiechapa (Oaxaca). Sin embargo, en atención a la fe y amistad que el Santo Oficio de México había depositado en su persona, Barroso le notificó brevemente lo ocurrido en una esquela, ya que el cabildo catedral del que también formaba parte no quería ser excluido, antes bien quería ser el portavoz en la declaratoria de la imagen como devoción local. ¿Fue astuto o demasiado beligerante el comisario-prebendado en esta toma de decisión? Esto es lo que se tratará de responder a lo largo de esta investigación.

    Esta contribución tiene por objetivo analizar por qué la aparición de una imagen de la virgen en un pueblo del valle de Oaxaca puede ser tomada como estudio de caso para examinar las competencias entre el tribunal eclesiástico ordinario de Antequera y el Santo Oficio de México. Una de las primeras cuestiones que surgen sobre el tema es si el tribunal eclesiástico de Antequera— con asistencia del prelado y de un prebendado del cabildo catedral de esta ciudad— actuó con prudencia al informar al tribunal inquisitorial de México para declarar una imagen como milagrosa y reliquia; o si simplemente debió hacer caso omiso.

    Intentaremos relacionar la declaratoria del hallazgo de esta imagen con los cultos religiosos análogos del siglo así como la injerencia de los velos jurisdiccionales entre estos dos tribunales. El estudio de caso del que se parte demuestra cómo un tribunal ordinario fuera del perímetro de la corte imperial de México fue muy cauteloso para argumentar en favor de legitimidad de la imagen, y si advirtió en sus averiguaciones y recuento de testigos al Santo Oficio de México fue para dejar claro que sólo a él le pertenecía la competencia y que no se trataba de una imagen susceptible de herejía o mala lectura de un dogma de fe, que compitiese a otro tribunal que no fuera el suyo.

    Con excepción del material relativo a las devociones marianas de la época y al procedimiento que debía seguir una imagen aqueropita para ser declarada como reliquia, este estudio se basa enteramente en fuentes primarias. También debemos mencionar que la directriz central no es comprender el contenido de un proceso inquisitorial fuera de la ciudad de México (1611-1612), es más bien el pretexto para mover el vector de nuestro interés a otras correas de información que tuvo este tribunal y para conocer y descartar imágenes piadosas como sospechosas de herejía. Del mismo modo, advertimos que la ausencia de otras fuentes primarias se debe a la suspensión de los servicios de consulta de un archivo eclesiástico del Estado de Oaxaca, que a la fecha se encuentra fuera de servicio y que posiblemente habría nutrido sustancialmente esta

    Se empleó bibliografía secundaria de dos tipos. Se examinaron cuidadosamente obras de historia del arte sobre devociones marianas locales, pero también se empleó historiografía reciente sobre la Iglesia en México precisamente para ofrecer en un solo artículo lo tocante a las competencias, jurisdicciones y facultades de los tribunales eclesiásticos ordinarios, así como de los tribunales inquisitoriales cuando se descubría una imagen de culto, ya sea que se le declarara devoción oficial o no.

    Por lo arriba señalado esta contribución se encuentra dividida en los siguientes apartados: “Competencias, jurisdicciones y facultades de dos tipos de tribunales”, donde se hace un bosquejo general para marcar las diferencias entre un tribunal eclesiástico ordinario y un tribunal inquisitorial; “Devociones marianas locales en las cortezas de árboles”, un recuento en la historiografía para saber cuáles fueron las imágenes de culto y festividades del Reino de la Nueva España en la primera mitad del siglo “La ‘virgen de los mulatos’ en una tea de ocote”, una narración detallada del hallazgo de una imagen esculpida en la raíz de un tronco de ocote en un pueblo del Valle de Antequera; Declaratoria de una imagen en reliquia”, donde se lleva a cabo una reconstrucción bibliográfica del procedimiento que tuvo que seguir la imagen hallada; finalmente, “Coloquio entre un comisario y un consultor”, en que mediante una lectura cautelosa del proceso inquisitorial se narra la serie de diálogos que tuvieron Cristóbal Barroso de Palacios en su calidad de comisario y prebendado, y el entonces prelado de Antequera, Juan de Cervantes, para ratificar o no lo que le competía a su jurisdicción como tribunal eclesiástico ordinario sobre el tribunal inquisitorial de México.

 

Competencias, jurisdicciones y facultades de dos tipos de tribunales

 

El Santo Oficio de México como tribunal tenía un espacio territorial mucho mayor que un tribunal eclesiástico ordinario; sin embargo, esto no se reflejaba en sus facultades las cuales eran bastante limitadas, pues atendía de manera exclusiva los delitos contra la fe cometidos por la población no india. Por otra parte, si bien su territorio remitía sólo al lecho que ocupaba un obispado las facultades de los tribunales eclesiásticos ordinarios fueron mucho más amplias. Atendían a toda la población dentro de los límites episcopales sin hacer diferenciación de raza y en todos los asuntos relacionados con la defensa de la jurisdicción eclesiástica, los diezmos, los testamentos, las capellanías, las obras pías, los problemas de disciplina entre sus religiosos, la justicia criminal y civil en todo lo que involucrara a la clerecía, los problemas matrimoniales y de moral sexual. Además, perseguía los delitos contra la fe cometidos por los indios, que no sólo incluían procesos por idolatría y hechicería. Por si fuera poco, las competencias y las facultades de estos tribunales variaban en función de la complejidad misma del obispado al que estaban circunscritos (Traslosheros, 2010b: 54-55).

    Alejándonos un poco de las pautas que marcaron la diferencia entre cada uno de estos tribunales conviene puntualizar sobre su colaboración, es decir, los posibles encuentros y desencuentros para lograr un determinado objetivo. Según las pautas que marca el derecho canónico, el acto de cooperación trazaba “un delicado juego de equilibrios entre el rey, la Iglesia y la sociedad”, en donde los tribunales eclesiásticos ordinarios y el Santo Oficio se daban la ocasión de participar de vez en vez. En la documentación resguardada en el Archivo General de la Nación, y de manera particular en sus ramos de Edictos de Inquisición, Inquisición y Real Fisco de la Inquisición, puede constatarse el delicado entramado cuando competían a un tribunal en específico, a dos, o bien, a más de una corporación de la monarquía hispánica, los delitos aparentes contra la fe (Traslosheros, 2010b: 64). Aunado a esto no es de sor-prendernos que dicho entramado se hiciera cada vez más complejo cuando una misma persona eclesiástica se asumía como prebendado/dignidad (cabildo catedral), juez regional (tribunal eclesiástico ordinario) y comisario (Santo Oficio); es decir, al mismo tiempo podían velar por el cumplimiento de los dogmas de la fe, ser consultores en materias sobre las Sagradas Escrituras y reformar las costumbres de la población (Traslosheros, 2010b: 64; Berman, 2001: 211-217 y 263-269).

 

Devociones marianas locales en las cortezas de árbol

 

¿Qué objetos de devoción han atribuido las Sagradas Escrituras como distintivos de milagros marianos? En la historia iconoclasta de la virgen María, la veneración de supuestos objetos atribuidos a ella fue un tanto tardía: trozos del manto, gotas de leche, el cíngulo, la camisa y el anillo de bodas. Sin embargo, durante el proceso de reconquista en la península ibérica el culto mariano tomó más fuerza con la aparición de las vírgenes de Covadonga y Nuestra Señora de la Victoria como las entidades que arrojaron a los musulmanes de las tierras católicas de los reinos de España y Portugal. Por su parte, en el proceso de la dominación espiritual del México-Tenochtitlan se fusionó en una lógica sincrética con algunos arquetipos prehispánicos y novohispanos (Bautista, 2006: 17-20; Taylor, 2010: 25-30). Más allá de la idea clásica de su representación con la aparición de la virgen de Guadalupe, se encuentra un centenar de nuevas imágenes que se plasmaron en las raíces de los árboles: virgen de la raíz de Jacona (Michoacán), Nuestra Señora de Ocotlán (Tlaxcala), virgen del roble de Monterrey (Nuevo León) y la virgen de La Laguna (Yucatán) (Bautista, 2006: 44-47; Carrillo, 1990; Cavazos,

    De acuerdo con la bibliografía secundaria revisada, durante la primera mitad del siglo xvii se extendieron en las jurisdicciones agustinas de la Nueva España las invenciones, apariciones y hallazgos de cruces fabricadas por manos celestes (aqueropitas) en las raíces de los árboles (Bautista, 2006: 24). ¿Cuáles fueron los elementos comunes en la declaratoria de imágenes devocionales locales de estas características? Por un lado, se tiene a la persona receptora del milagro siendo el indio/natural (casi siempre pobre) el que predomina sobre otras razas (negro, mulatos y mestizos); raíces, lajas y teas de maderas propias de la localidad (de varias clases y calidades); la constante de las fuerzas naturales del fuego-rayos-llamas; y la incorrupción de la imagen a la intemperie.

    Hay dos tipos de imágenes de culto veneradas desde tiempos del cristianismo primitivo. El primero —que en principio sólo documentaba imágenes de Cristo— lo componen las representaciones sin “artificio de arte”, es decir, no pintadas por industrias humanas y especialmente auténticas, que podían tener un origen celestial o ser resultado de una impresión mecánica acontecida durante la vida humana del santo/divinidad. Para este tipo de imágenes se acuñaron los vocablos (no hechas por manos) o non El concepto mismo hace referencia a las imágenes de culto o devoción cristianas, no siempre de cuerpo; es decir, en esta clasificación se incluían huella del cuerpo de Cristo en la columna de la flagelación de las que se tomaron medidas para llevarlas alrededor del cuello como amuletos. En la actualidad, sólo sobreviven algunas de estas huella: el paño con el retrato de Cristo (santo Mandylion), la Verónica de San Pedro, el sudario de Turín y el pañolón de Oviedo (Belting, 2009: 74-81). En el segundo género de imágenes se inscriben los iconos de la virgen que se plasmaron en materiales frágiles-perecederos de la naturaleza como troncos y raíces de árboles, conchas de mar, huesos de animales, incluso en el fondo de estanques y ríos.

 

La “virgen de los mulatos” en un tea de ocote

 

En la víspera de la Natividad de la Virgen de 1611 el zapatero Vicente González acudió para descargo de su conciencia ante Cristóbal Barroso de Palacios, comisario del Santo Oficio de Antequera, para denunciar que el mulato libre Lorenzo de Aguilar tenía en su poder “una imagen esculpida en un pino y que la quería hacer dorar porque era cosa misteriosa” y que la había hallado mientras guardaba el ganado vacuno de Juan Alonso de Mújica. El comisario le ordenó al denunciante que le llevara tanto la imagen como al tal Lorenzo de Aguilar a comparecer ante sí. Así lo efectuó y entregó la imagen al Tras esto, el notario Manuel de Cepeda Chávez dijo que recibía de Vicente “[…] una imagen de pino y por otro nombre ocote, del tamaño de un jeme de largo y tres dedos de ancho, en cuya corteza está es- culpida una figura como de imagen hecha naturalmente / de las mismas líneas y rayas de la corteza del dicho / Asimismo, el notario se la entregó al comisario quien la guardó en el cajón y archivo de los papeles del Santo Oficio de Antequera.

    Lo más inverosímil de esta denuncia ante el Santo Oficio de Antequera es que, en efecto, en el expediente original del ramo de Inquisición del Archivo General de la Nación de la Ciudad de México se encuentra incluida la delgada corteza del ocote en una foja doblada por la mitad.

    Cristóbal Barroso de Palacios, actuando como un funcionario más del Santo Oficio de México, hizo el recuento de testigos a fin de recabar información conducente al portentoso hallazgo remitido al tribunal inquisitorial en Antequera. Para ello, el 7 de septiembre hizo comparecer ante su presencia a Pedro García (mestizo), Miguel de Aguilar (mulato libre) y Mateo García De estas tres declaraciones, la más rica en detalles es la de Pedro García quien declaró que estando en compañía del mayordomo Lorenzo de Aguilar, en la majada del ganado de Juan Alonso de Mújica, en las inmediaciones del pueblo de Niltepec (visita de la villa de Nejapa), llegó ante ellos su compadre Juan Pacheco, de color mulato y natural del pueblo de Tehuantepec, el cual les dijo que el 6 de septiembre había visto una imagen en la raíz del pino y que se demoró en darles la noticia por estar atento a las faenas del ganado. Por el o, a la mañana siguiente fueron al paraje Lorenzo de Aguilar, Juan Pacheco, Miguel de Aguilar, Mateo de García y Pedro García. Este último vio que se divisaba “un pino muy alto mayor que / todos los demás, de cuya raíz estaba fuera de la / tierra de dos varas de Dos días después, el comisario y Lorenzo de Aguilar, mulatos ser testimonios sumamente ricos los entrelazaremos en la narración. Juan de Pacheco y Miguel de Aguilar, vaqueros del ganado de Juan Alonso de Mújica, alcalde mayor de la villa de Tehuantepec, mientras tomaban la siesta con una partida del ganado que conducían a la ciudad de los Ángeles, avistaron un portentoso milagro en una loma a un tiro de arcabuz de la majada contigua de San Francisco —pueblo sujeto de Quiechapa, alcaldía de la villa de Nejapa, a media legua de Niltepec y distante del camino real un cuarto de legua—. Al mediodía del 6 de septiembre Juan Pacheco vio en la raíz de un pino —que por otro nombre llaman ocote—, una imagen de la virgen hecha naturalmente en la corteza, sin creer “que manos humanas la pudieran esculpir, ni labrar en la dicha corteza”. Observó con detenimiento cómo de una parte de la raíz estaba quemada y que el fuego no había llegado a la imagen, pero sí al pasto que estaba a su alrededor. Y luego, al instante de ver tal prodigio se levantó y dijo a Miguel de Aguilar: “levantaos y venir acá, mirad un milagro que nuestro señor puso en este pino en que estuviese naturalmente la madre de Dios, en el cual pueden venir a ver frailes y religiosos”. Por su parte, Miguel de Aguilar le respondió: “tenéis razón que es muy grande Más tarde Juan Pacheco narró todo cuanto vio a Lorenzo de Aguilar quien después de hacerle preguntas por alrededor de tres horas sintió tantos vuelcos en el corazón que no pudo dormir en toda la noche y se levantó súbitamente ante la duda de si era verdad o mentira lo que le habían narrado de la manufactura de la imagen de la virgen.

 
 

Fotografía 1. Detalle de la imagen esculpida en la corteza de un árbol. Tomada y editada por el autor Fuente:

agn

, Inquisición, vol.455, exp. 23, f. 244r. Reproducción autorizada.

 

    Al día siguiente y cuando apenas el día había aclarado acudieron al paraje descrito en compañía de Pedro García, quien era tenido por todos como místico de renombre de la villa de junto con Mateo García, Pedro Hernández y Mateo Hernández, indios zapotecos. Agradecidos de ser ellos los primeros testigos de tal milagro, fue Lorenzo de Aguilar quien se arrodilló y dijo: “bien haya el señor que le pintó”. En seguida ordenó a Juan Pacheco que fuese por un hacha a las milpas del pueblo de San Francisco, y fue a un indio del pueblo a quien se la pidió, mientras Lorenzo de Aguilar se quedó haciendo guardia en el paraje.

    Una vez que volvió Juan Pacheco con el hacha, Lorenzo de Aguilar la tomó y con ayuda de Pedro García comenzaron a cortar el pedazo de la raíz donde estaba la imagen, la sacaron de allí al tamaño de una cuarta y se la dieron a un carpintero de San Francisco —del que no saben su nombre—, quien la desbastó hasta dejarla delgada de la parte de atrás y de los lados, de un grosor de un dedo pequeño, de largo un jeme y de ancho cuatro dedos escasos. Finalmente, antes de que Lorenzo de Aguilar la entregara al comisario de Antequera, se las enseñó a algunos indios de San Francisco y todos confirmaron que se trataba de una imagen hecha por milagro y no por manos humanas, pintada con las líneas y olas de la misma madera naturalmente.

 

Declaratoria de una imagen en reliquia

 

Así como los santos patronos desde los primeros momentos del cristianismo primitivo se han transformado en compañeros invisibles, amigos y protectores contra los males del mundo y en sí, en los intermediarios entre Dios y los hombres, las reliquias han cumplido el mismo fin (Rubial, 1999: 21). La necesidad de hacer patente la potencia de estos recursos ha llevado al desarrollo de todo un género narrativo en la literatura hagiográfica. En el siglo xvi la Iglesia romana reacciona con el surgimiento del protestantismo, pues su postura respecto al culto de los santos fue radical; es decir que sostiene una sociedad casi sin sacramentos y sin sacerdocio donde todos los creyentes tienen la obligación de llegar a la perfección sin la necesidad de santos. Otro de los momentos cardinales que es de nuestro interés es cuando la Iglesia postridentina, en respuesta a la oposición de las tesis protestantes, impuso nuevos modelos de santidad y un mayor control en los procesos de beatificación y canonización (Rubial, 1999: 35-36; Escamilla, 2014: El pontífice Urbano viii (1623) —declarado adverso a los intereses religiosos de la monarquía hispánica— planteó los pasos a seguir en los procesos ordinarios de beatificación de personas fallecidas, incluso les retiró a los obispos el antiguo privilegio que tenían para beatificar. Del mismo modo, los sucesivos decretos pontificios emanados por el papa, entre 1625-1640, prohibían la impresión de libros que sugirieran santidad, milagros o revelaciones sin que tuvieran la aprobación explícita mediante la Sagrada Congregación de Ritos y Ceremonias.

    En casi todas las fuentes primarias utilizadas en esta investigación, dos autoridades actuaron a su conveniencia para hacer legítimas las competencias y jurisdicciones del tribunal eclesiástico ordinario de Antequera sobre la del Santo Oficio de México, pues a lo largo de las averiguaciones previas a la autentificación de la imagen como aquerópita, Cristóbal Barroso de Palacios aparece y rubrica en esta documentación como licenciado y comisario nombrado por el tribunal inquisitorial. Sin embargo, a partir de que se concluye que no se trata de una imagen sospechosa de herejía o mala interpretación de la historia de vida de la virgen María, quiso involucrar y hacer partícipe al cabildo catedral de la ciudad a la causa para que fuese el portavoz en la declaratoria de la imagen como devoción local. ¿Fue astuto o demasiado beligerante el comisario-prebendado en esta toma de decisión?

    Cristóbal Barroso de Palacios —se olvidó por unos minutos de que era comisario a fin de testificar que en su calidad como prebendado (chantre) del cabildo catedral de Antequera y juez eclesiástico del ordinario de la ciudad, señaló que por principio de colegialidad, es decir, la mayoría de los miembros del cabildo catedral del que formaba parte, la imagen encontrada debía ser declarada reliquia (Freedberg, 1992:

    El proceso habitual por el que una imagen podía ser declarada reliquia iniciaba cuando se asentaba por escrito su hallazgo, es decir, la narración de todo cuanto del acontecimiento se podía recabar y ratificar con los testimonios de testigos. De este modo se avalaba su proceso como objeto de la misericordia de Dios en la Tierra y más cuando había jueces eclesiásticos involucrados en el hallazgo. Otro medio por el cual podía ser declarada reliquia era que perteneciera a alguien reputado por santo o venerable, o tratarse en sí misma de una imagen es decir, no realizada por las manos del hombre o de origen sobrenatural.

    Dado que en la delación contra Lorenzo de Aguilar la imagen descubierta en el pueblo de San Francisco no fue considerada herética, por no ser impropias las prácticas asociadas en su devoción ni en sí misma encerrar alguna incorrección iconográfico-teológica, la intervención del Santo Oficio de México hubiera estado de más y habría abusado de sus facultades.

    Por todo lo anterior, siguiendo en este matiz de cautela engañosa y para evitar que se perdiera la devoción de la imagen o que alguien retirara una parte de la corteza en la que estaba esculpida y la dejara defectuosa, incluso sin la figura de la madre de Dios, Barroso de Palacios mandó que Juan de Arrué, maestro de pincel, la pintase tal y como está en su original para que con su traslado se remitiera toda la información recabada hasta el momento al Santo Oficio de México para que desistiera de su involucramiento y le permitiera sólo al tribunal eclesiástico ordinario (Antequera) ser el autorizado para continuar su declaratoria como

    ¿Quién fue el pintor? Se sabe que Juan de Arrué (1565) era un mestizo nacido en la Nueva España y uno de los discípulos más cercanos de Andrés de la Concha. Se tiene memoria de que por encargo de varias autoridades, fue autor de retablos de las principales iglesias en las ciudades de México, Puebla, Tehuacán, Cuauhtinchan y Oaxaca. Sin embargo, la historiografía reciente ha demostrado que se trata de uno de los personajes más escurridizos, ya que se le atribuyen la autoría y manufactua de muchas obras lo cual, no obstante, ha sido desmentido por los protocolos notariales de la ciudad de México (Tovar, 1987: 126-134; Castro, 1968).

    Llama la atención cómo casi al final de cada uno de los testimonios que se recogen de los mulatos libres (Miguel de Aguilar, Lorenzo de Aguilar y Juan Pacheco) y del mestizo místico (Pedro García), y antes de que se asienten las firmas del declarante y de los testigos, Cristóbal Barroso de Palacios, ahora en su calidad de comisario del Santo Oficio de Antequera, mostró la imagen que tenía guardada en un cajón y en acto seguido de devoción los tres mulatos y el mestizo la besaron y se llenaron de regocijo. Incluso, cuando hizo entrega de la imagen al notario del proceso, Lorenzo de Aguilar se llenó de lágrimas al ser despojado de ella por la gran devoción que le tenía (Tovar, 1987).

    Para ratificar todo lo mencionado, Cristóbal Barroso de Palacios, ahora fungiendo como comisario del Santo Oficio, señaló que Juan de Arrué, maestro de pincel, no tenía la destreza para trasuntar la imagen de la corteza de pino que se le había remitido por cordillera. Sin embargo, dio su dictamen de autenticidad, de que efectivamente se trataba de una imagen aquerópita, jurando por Dios que guardaría secreto de esto y de todo lo que se le preguntara:

 

[…] imagen /y su hechura, que los dibujos y líneas con que está/ esculpida en la dicha corteza, por una parte estar /a lo que cree y tiene por cierto con notable curiosidad y/ como si se hubieran hecho con particular cuidado; no ovie- /se que el rostro no está con mucha perfección señala-/ das las facciones aunque el torno del rostro, pecho /y el demás ropaje está muy bien señalado. Y este dibujo/ dice que a lo que [a] él alcanza por su arte y por su juicio es /imposible haberse hecho por humana industria, ni/ mano porque las líneas y cisuras están tan delicadas /y tan hondas, y con las ondas y visos tan naturales de/ la propia madera, que es imposible que por arte pu- /diese ser hecho el pedazo de tea donde está la i-/ magen, es de tres dedos en ancho poco más o menos y / el largo de un jeme y el grueso de él de un dedo me/ñique y en partes algo más

 

Otro de los argumentos plausibles empleados por el comisario-prebendado para demostrar que se trataba de una imagen de orígenes sobrenaturales, atañe a la intercesión de las llamas/fuego en la superficie alrededor del trozo cortado por Lorenzo de Este, en su calidad de comisario, señaló que Dios ya había sellado pacto desde la primera antigüedad del hombre en la tierra mediante el fuego tal y como lo decían las Sagradas Escrituras: “el amor es una llama que ni las grandes aguas pueden por ello, aunque toda la “sabana [ estaba quemada, sólo la parte a “donde estaba la imagen quedo intacta y sin

 

Coloquio entre un comisario-prebendado y un

 

Para dar mayor peso a que la declaratoria de la reliquia competía de manera exclusiva al tribunal eclesiástico ordinario y no al cabildo catedral de Antequera, el comisario Cristóbal Barroso de Palacios —de nueva cuenta olvidando sus investiduras como prebendado— primero remitió por escrito un traslado del dictamen de autenticidad de Juan de Arrué al cabildo catedral de la ciudad. Una vez vista la divina figura con muy buen comedimiento por parte del obispo Juan de Cervantes, éste mandó llamar a su presencia al comisario y le dijo: “cuando los herejes habían [hecho] escarnio de las imágenes, quería nuestro señor mostrar su omnipotencia en esculpir la figura de su madre bendita en la corteza de un También añadió a su argumento que la gracia que tenían ante sus ojos no les correspondía en derecho ninguno y sólo le competía al Santo Oficio de México en su causa.

    Un comisario era un representante del Santo Oficio en una provincia determinada y tenía como misión proceder a la lectura de los edictos de fe, realizar visitas de distrito y recibir las denuncias y las testificaciones (Alberro, 2014: 50). En la calidad de este cargo, viendo que había cometido un error muy grave al adjudicar una competencia extraordinaria e inexistente al tribunal eclesiástico ordinario de Antequera y excluyendo al Santo Oficio de México, Barroso de Palacios se disculpó ante el obispo de sus osadías previas, admitió y se retractó de todo cuanto había practicado en esta causa y pidió su intercesión para evitar que los dos tribunales se enemistaran y que las represalias corrieran en su contra. El prelado le dijo que aunque su intención era buena por la gran devoción que le había visto ejercer desde su llegada a esas tierras, esta vez haría caso omiso de sus pretensiones, siempre y cuando remitiera la causa con apremio a la ciudad de México.

    Así lo hizo el comisario Barroso, no sin antes ratificar que el concilio lo disponía así por los privilegios pontificios que beneficiaban sólo la competencia y jurisdicción de esta causa a los tribunales inquisitoriales y que quedaban misericordiosos “de no poder gozar y poseer tal presea”. Varios de los prebendados del cabildo catedral le preguntaron al comisario el parecer del obispo, sobre todo por la gran afición que ha cobrado la imagen desde su descubrimiento y éste lo único que pudo referir es que el obispo dijo “que no es [fue] hecha con manos humanas”.

    Por lo anterior, el obispo mandó al comisario que pidiese al pintor Juan de Arrué su dictamen de autenticidad y así lo hizo. De nueva cuenta, el comisario Barroso, pecando nuevamente de soberbia e incentivando la enemistad entre ambos tribunales, se ofreció para ir hasta donde se encontraba la residencia del artífice (contigua a la villa de Nexapa), que sólo estaba a 20 leguas de distancia y a tres días de Sin embargo, al ver que una oveja de su rebaño se empecinaba en caer en el error, el prelado mandó que otro religioso más docto se hiciese cargo de la diligencia, y propuso al padre Onorato, al padre Juan de la Maravilla o al padre provincial de Santo Domingo, fray Juan de la Cueva.

    Como epílogo de esta historia se tiene la respuesta del Santo Oficio de El secretario Pedro de Mañozca respondió que había recibido la relatoría del comisario Barroso y declaró que Gutierré Bernaldo de Quiros, inquisidor general de la Nueva España, había cedido a Juan de Cervantes, obispo de Antequera, toda la competencia y jurisdicción que recaía sobre el Santo Oficio de México, por la buena correspondencia que había tenido el tribunal ordinario a su cargo desde Al parecer, la amistad y el fervor religioso del obispo de Antequera fueron los que salvaron no sólo la represalia contra el comisario-prebendado, sino contra el propio tribunal eclesiástico ordinario de la provincia de Oaxaca. Esto puede verse bien retratado en la Monarquía indiana de Torquemada, en que se refiere que estuvo presente como consultor en el auto de fe de 1602 (Torquemada, 1975: 115-116; Yáñez, 2013: 30-32).

 

Conclusiones

 

El reino de la Nueva España tuvo formas de convivencia, delimitadas por cuatro corporaciones en materia de administración de justicia en el tema religioso: la confesión sacramental, la visita episcopal, los tribunales eclesiásticos ordinarios (también llamados en la época audiencias y provisoratos) y el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición. Las tres primeras estuvieron bajo la tutela de los obispos y fueron instrumentos coercitivos de las costumbres de la población y de la clerecía. El Santo Oficio, por concesión pontificia estuvo controlado por el monarca mediante el Supremo Consejo de la Inquisición.

    A grandes rasgos se puede referir que tanto los tribunales eclesiásticos ordinarios como los tribunales inquisitoriales cuidaron de la ortodoxia y la reforma de las conductas de sus fieles y religiosos (Traslosheros, 2010a: 134; Rubial, 2013: 84-87). Para el ejercicio de sus funciones, los obispos se valieron de un tribunal de la audiencia episcopal (provisorato) y cada diócesis se organizó acorde a sus necesidades y posibilidades. Con el estudio de caso analizado, se vio que la jurisdicción ejercida de manera individual y mediante el tribunal eclesiástico ordinario de Antequera fue un instrumento de control que pudo desbordarse de no ser por el temple mediador del obispo Juan de Cervantes.

    Debemos considerar que las imágenes milagrosas son documentos en un doble sentido. Por un lado, atestiguaban la existencia histórica de Cristo/ la virgen que dejó una impresión de su cuerpo estando en vida y que exponía la capacidad de obrar en la forma de milagros. Por otro lado, las huella físicas por sí mismas eran marcas prodigiosas de la divinidad que se habían impreso en las columnas y muros donde se apoyaron Cristo/María, conformando así un nuevo bagaje de devociones locales diseminadas por el mundo cristiano y que fomentaron cultos locales y centros de peregrinación.

    Dos fueron los tribunales en la Nueva España que controlaron y censuraron la diseminación del culto a las reliquias: el Santo Oficio de la Inquisición, que vigilaba sobre todo que su uso y devoción estuvieran apegados a los cánones de la fe, impidiendo que se cayera en prácticas de superstición; y el tribunal eclesiástico ordinario, que autentificaba, validaba y daba permiso para el culto público de este género de representaciones (Aguilar, 2013: 14).

 

Fuentes consultadas

 

Documentos de archivo

 

agi

Archivo General de Indias, Sevilla

México, legajo 1: Consultas originales correspondientes a la jurisdicción de la Audiencia de México, consultas núm. 63, 156, 215, 292, 303.

agn

Archivo General de la Nación de México

Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 241r-241v, 251r: Relatoría del comisario del Santo Oficio en Oaxaca sobre el hallazgo de una imagen esculpida en la raíz de un pino (Antequera, 28 de enero de 1612).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, f. 42r: Respuesta del Santo Oficio de México sobre la relatoría del comisario Barroso (México, 8 de febrero de 1612).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, f. 243r: Delación de Vicente González contra Lorenzo de Aguilar por poseer una imagen de la virgen (Antequera, 7 de septiembre de 1611).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 243r-243v: Entrega que hizo Vicente González de una imagen de pino al notario del Santo Oficio de Antequera (Antequera, 7 de septiembre de 1611).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, f. 244r: Imagen esculpida de la virgen, Antequera (Antequera, 7 de septiembre de 1611).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 245r-245v: Testificación de Juan Pacheco, mulato libre (Antequera, 9 de septiembre de 1611).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 245v-246v: Testificación de Lorenzo de Aguilar, mulato libre (Antequera, 9 de septiembre de 1611).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 247r-248r: Testificación de Pedro García, mestizo (Antequera, 7 de septiembre de 1611).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 248r-248v: Testificación de Miguel de Aguilar (Antequera, 7 de septiembre de 1611).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 248v-249v: Testificación de Mateo García (Antequera, 7 de septiembre de 1611).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 249v-250r: Auto para que Juan de Arrué trasunte una imagen de la corteza de pino (Antequera, 19 de diciembre de 1611).

Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 250r-250v: Dictamen de autenticidad que hizo Juan de Arrué, maestro de pincel (Antequera, 27 de enero de 1612).

Inquisición, vol. 1580, exp. 39: D elación sobre la aparición de una cruz en el árbol de un guayabo al que se le atribuye dotes milagrosos (Jacona, 1621).

Ramo Universidad, vol. 5.

Ramo Universidad, vol. 6.

Ramo Universidad, vol. 105.

Ramo Universidad, vol. 288.

 

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Recursos electrónicos

 

“Canticum Canticorum” (2016), The Latin documento html disponible (consulta: 2/06/2016).

 

Notas

 

* Doctorado en Historia, Centro de Estudios Históricos, El Colegio de México.

¹ Archivo General de la Nación (México) (en adelante,

agn

), Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 245v-246v.

² Nos referimos al Archivo Histórico de la Arquidiócesis de Antequera de Oaxaca, al que durante varios meses hemos intentado tener acceso. La encargada del mismo, la Lic. Berenice Ibarra Rivas nos ha informado que el servicio de consulta de este repositorio se encuentra suspendido hasta nuevo aviso, debido a que no cuentan con el espacio físico para realizar labores de investigación. No obstante lo anterior, existe un inventario impreso-mecanografiado de la documentación de los siglos

xvi

-

xviii

, que puede consultarse in situ mediante autorización del Pbro. Lorenzo Fanelli de Liddo, secretario canciller de la Arquidiócesis de Antequera Oaxaca.

³

agn

, Inquisición, vol. 1580, exp. 39.

agn

, Inquisición, vol. 455, exp. 23, f. 243r.

⁵ fs. 243r-243v.

⁶ Distancia que hay desde la extremidad del dedo pulgar a la del dedo índice, la cual sirve de medida separándolos lo más posible. Medida equivalente a una cuarta.

agn

, Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 243r-243v, 247r-249v.

⁸ fs. 243r-243v, fs. 247r-248r.

⁹ fs. 243r-243v, fs. 243v, 245r-246v; fs. 248f-248v.

¹⁰

agn

, Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 243r-243v.

¹¹ Idem.

¹² Idem.

¹³ Esta es una apreciación personal tras revisar la documentación referida.

¹⁴ Una imagen se convertía en reliquia cuando se demostraba que su origen era divino; en algunas ocasiones se contrataba a un artífice experto en pintura, escultura o arquitectura, según fuese el caso.

¹⁵

agn

, Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 249v-250r.

¹⁶ Ibid. , fs. 250r-250v.

¹⁷ Ibid. , fs. 241r-241v, 251r.

¹⁸

agn

, Inquisición, vol. 455, exp. 23 . Es muy posible que esta cita sea extraída del Cantar de los capítulo 8, versículo 7: aquae multae non poterunt extinguere caritatem nec flumina obruent illam si dederit homo omnem substantiam domus suae pro dilectione quasi nihil despicient eum (“Canticum Canticorum”, 2016).

¹⁹

agn

, Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 241r-241v, 251r.

²⁰ Reconstrucción efectuada a partir de la relatoría del comisario del Santo Oficio presentada ante el obispo de Antequera.

agn

, Inquisición, vol. 455, exp. 23, fs. 241r-241v, 251r.

²¹ Juan de Cervantes. Natural de la Nueva España, de prominente familia de conquistadores tanto en el linaje paterno como materno. Nieto de Leonel de Cervantes, caballero de la Orden de Santiago que ostentó las encomiendas de Jalatlaco y Atlapulco; hijo del conquistador Juan de Cervantes Casaús, alcalde ordinario y factor de la Real Hacienda en la provincia de Pánuco por su participación en la conquista de esa región. Sus hermanos Leonel de Cervantes y Gonzalo Gómez de Cervantes fueron los herederos de las encomiendas maternas. Sobre su formación universitaria: obtuvo el grado de bachiller en teología (Real Universidad de México, 1° de febrero de 1576), el de licenciado en teología (Real Universidad de México, 13 de diciembre de 1586) y el de maestro en teología (Universidad de Salamanca, 19 de noviembre de 1586). Impartió la cátedra de Sagrada Escritura desde el 4 de septiembre de 1593 hasta 1597 y de 1600 hasta el 20 de mayo de 1609.

agn

, Ramo Universidad, vol. 5, f. 19r; Ramo Universidad, vol. 288, f. 41v; Ramo Universidad, vol. 6, fs. 95v-97v; Ramo Universidad, vol. 105, f. 81r; Ramo Universidad, vol. 288, f. 120v; Ramo Universidad, vol. 105, fs. 157v-160r. Respecto a su carrera eclesiástica conviene mencionar las siguientes prebendas para las que fue nombrado: tesorero del cabildo catedral de Puebla (13 de diciembre de 1586), arcediano de la cabildo catedral de México (1 de noviembre de 1605), deán del cabildo catedral de México (candidato, 18 de mayo de 1597), deán del cabildo catedral de Michoacán (candidato, 18 de mayo de 1597), obispo de Michoacán (candidato, 29 de diciembre de 1604), obispo coadjutor de Tlaxcala (candidato, 1° de noviembre de 1605), obispo del cabildo catedral de México (candidato, 31 de julio de 1607) y obispo de Antequera (22 de diciembre de 1607 y consagrado en 1608). Estuvo al frente del gobierno episcopal de Antequera desde 1608 hasta el día de su muerte, el 13 de septiembre de 1614. Archivo General de Indias (en adelante agi), mex, 1, n63; 1, n156; 1, n215; 1, n292; 1, n303.

²² La legua es una medida de longitud empleada desde la antigua Roma y pervive aún en nuestros tiempos. La utilizada en los territorios que pertenecían a la Corona de Castilla en el siglo

xvi

establecía 20 000 pies castellanos, es decir, entre los 5 572 y 5 914 kilómetros actuales. En el caso de la distancia que dice el comisario que había entre Antequera-Nejapa de 20 leguas, equivaldría a la distancia actual entre el emplazamiento actual de la iglesia catedral de la ciudad de México y la localización actual de la ciudad de Cimatlán, en el municipio de Ixmiquilpan, en el Estado de Hidalgo.

²³

agn

, Inquisición, vol. 455, exp. 23, f. 242r.

²⁴ Gutierré Bernaldo de Quiros. Natural de la villa de Tineo (Oviedo) realizó sus estudios en el Colegio de San Pelayo (Salamanca) y en el Colegio Mayor de Oviedo. Fue nombrado inquisidor general de la Nueva España por Felipe II (9 de mayo de 1598) y promovido para el Santo Oficio de Toledo (23 de noviembre de 1618). Fue consagrado en Madrid por Juan Pérez de la Serna como séptimo obispo de la sede episcopal de Puebla de los Ángeles (22 de julio de 1627). Durante su gobierno episcopal, ocurrió un suceso notable de la aparición del arcángel san Miguel en las inmediaciones del pueblo de Nativitas al indio Diego Lázaro de San Francisco (1631), pidiéndole el tributo de una imagen suya en el lugar. Sobre este suceso, se sabe que efectivamente el prelado mandó tallar una imagen devocional en el lugar en que ocurrió la aparición y se mandó edificar una ermita que años más tarde se convirtió en el santuario de San Miguel del Milagro. Después de gobernar a su diócesis de 1627 a 1638, falleció el 7 de febrero de 1638 en el palacio episcopal angelopolitano. Agradezco al Mtro. Sergio Rosas toda la información aquí vertida.